CONVOCATORIA DE OPOSICIONES NAVARRA 2027

CONVOCATORIA DE OPOSICIONES NAVARRA 2027

Buenas,

Ya ha salido publicada la convocatoria para las oposiciones de 2027 en Navarra. En el siguiente enlace tenéis toda la documentación:

https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2026/214/7

Cosas importantes que nos dice la convocatoria:

– Plazas:

8 plazas acceso libre y 2 plazas acceso discapacidad en castellano

5 plazas acceso libre y 1 plaza acceso discapacidad en euskera

– El plazo de inscripción del 28 de octubre al 16 de noviembre de 2026, ambos inclusive.

– Solicitudes: quienes deseen tomar parte en el presente procedimiento selectivo deberán presentar de manera obligatoria su solicitud de forma telemática, a través del formulario electrónico específico que el Departamento de Educación habilitará en la ficha reseña correspondiente a la presente convocatoria, ubicada en la dirección web:

https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/profesor-ensenanza-secundaria-eoi-y-especialista-sectores-singulares-fp-concurso-oposicion-2027

– Pago: la tasa a abonar en concepto de derechos de participación en los presentes procedimientos selectivos de ingreso a la función pública, por cada especialidad e idioma para la que solicite su admisión, es de 41,60 euros.

¿CÓMO VA A SER EL EXAMEN?

La fase de oposición constará de dos pruebas, que tendrán carácter eliminatorio. Para pasar a la segunda prueba la persona aspirante deberá alcanzar una puntuación igual o mayor a 5 en la primera prueba.

Las personas aspirantes serán convocadas mediante resolución para la realización de la primera prueba de la fase de la oposición, con al menos siete días naturales de antelación.

La publicación de los sucesivos llamamientos de las personas aspirantes se realizará por los tribunales en la dirección www.navarra.es en la reseña de la convocatoria con al menos cuarenta y ocho horas de antelación al comienzo de la prueba. La convocatoria para el acto público de apertura de plicas se realizará con una antelación de, al menos, catorce horas.

Las personas aspirantes serán convocadas para sus actuaciones ante los tribunales en llamamiento único, siendo excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan. A estos efectos, las convocadas para un ejercicio colectivo deberán hacer su presentación ante el tribunal en la hora y fecha fijadas en los llamamientos. En caso de ejercicios individuales, las personas aspirantes convocadas para cada día deberán estar presentes a la hora fijada por el tribunal como hora de inicio de las actuaciones, considerándose como no presentados aquellas personas aspirantes que no se encuentren presentes en el momento del llamamiento inicial o del llamamiento para el desarrollo de la prueba.

Las personas aspirantes deberán presentarse a todas las partes o ejercicios de las pruebas de la fase de oposición. De no presentarse a alguna de ellas, serán excluidas del procedimiento selectivo.

En las pruebas o ejercicios escritos deberá garantizarse el anonimato del personal aspirante utilizándose el sistema de plicas.

En aquellas pruebas o parte de las mismas, en las que por su naturaleza no se pueda garantizar el anonimato de las personas aspirantes, no se utilizará el sistema de plicas en la prueba o parte de que se trate.

Será anulado el ejercicio escrito que tenga marcas, firma o cualquier señal que a juicio del tribunal permita identificar a la persona aspirante, en estos casos no se corregirá el ejercicio y la persona opositora figurará con 0 puntos en la prueba, resultando excluida del procedimiento selectivo.

En el caso de ejercicios escritos que resulten ilegibles en su totalidad o en parte, a juicio del tribunal, serán calificadas únicamente las partes legibles.

Todas las pruebas selectivas se desarrollarán en euskera o castellano en función de la especialidad e idioma de participación, salvo las especialidades de idiomas que se desarrollarán en la lengua correspondiente.

Las pruebas de la fase de oposición son las siguientes:

1.2.1. Presentación de la programación didáctica.

Mediante resolución del director del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación se habilitará un plazo de 5 días hábiles en el que las personas aspirantes admitidas en el procedimiento selectivo de ingreso deben presentar la programación didáctica a que se refiere la parte A de la segunda prueba, no iniciándose dicho plazo antes del 9 de abril de 2027.

La presentación de la programación didáctica se realizará de forma telemática en la dirección www.navarra.es en la reseña de la convocatoria. Las programaciones didácticas, que tendrán carácter original, personal y deberán ser elaboradas de forma individual por cada aspirante se presentarán telemáticamente, en un único documento con formato PDF (Portable Document Format) que no supere los 20 MB. En aquellas especialidades en euskera en que, por no haberse podido constituir íntegramente el tribunal con vocales con conocimiento de euskera, se requiera la traducción al castellano de la programación didáctica, se podrá determinar otro formato distinto, para garantizar una adecuada traducción, en la Resolución en la que se determine el plazo de presentación de las programaciones. La presentación de programaciones plagiadas o el hecho de que varios aspirantes presenten la misma programación didáctica implica que la persona o personas aspirantes que lo hagan serán excluidas del procedimiento selectivo.

Una vez que se presente la programación didáctica, se podrá guardar un resguardo, que será el documento que justifique dicha presentación. En el mismo figurará el documento nacional de identidad y número de solicitud que identifica a la persona aspirante y la fecha y hora de presentación del documento.

En caso de que se presentara más de una programación didáctica para un mismo cuerpo, especialidad e idioma, será válida y se tendrá en cuenta única y exclusivamente la última presentada, en función de la fecha y hora de entrega registrada.

Las personas que no presenten en plazo la programación didáctica decaerán en el derecho de continuar participando en el procedimiento selectivo, quedando excluidas del mismo mediante resolución del director del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación. La programación, en ningún caso, se podrá presentar por un medio distinto al señalado anteriormente.

Una vez finalizado el plazo de 5 días hábiles, en ningún caso se podrá subsanar o sustituir la programación didáctica presentada.

Los órganos de selección no tendrán acceso a los contenidos de las programaciones didácticas hasta después de la calificación provisional de la primera prueba.

1.2.2. Primera prueba.

Tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, y constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente. Las dos partes de la prueba podrán realizarse el mismo día.

Esta primera prueba se valorará de 0 a 10 puntos, siendo la puntuación global de la misma la media aritmética de las calificaciones correspondientes a las dos partes de la misma, siempre y cuando las personas aspirantes hayan obtenido, al menos, 2,5 puntos en cada una de las partes. Quedarán eliminadas del procedimiento selectivo quienes no alcancen en esta primera prueba una puntuación mínima igual o superior a cinco puntos.

–Parte A.

Esta parte consistirá en una prueba práctica que permita comprobar que se posee la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opta. Dependiendo de la especialidad, esta parte A podrá constar de dos ejercicios, uno escrito y otro de habilidades prácticas, que podrán realizarse en momentos y lugares diferentes, no excediendo la suma del tiempo de realización de ambos ejercicios del máximo tiempo establecido para la parte A.

Las especificaciones de esta prueba para cada especialidad y, en el caso de que la prueba conste de ejercicio escrito y de habilidades prácticas, la ponderación de estos ejercicios se detallan en el anexo VI.

El anexo VI dice:

590-005 Geografía e Historia.

La prueba práctica consistirá en realizar uno o varios ejercicios de entre los siguientes:

–Análisis y comentario de un documento histórico: texto, mapa, imagen, gráficas, etc.

–Análisis y comentario de un documento de temas geográficos: texto, imagen, plano, diagrama, estadística.

–Análisis y comentario de un documento relacionados con la Historia del Arte: texto y/o imagen

Los tribunales determinarán el tiempo máximo para la realización de la parte A que no podrá exceder de 3 horas.

Esta parte A se valorará con una calificación de cero a diez puntos, y supondrá el 50% de la calificación de la primera prueba de la fase de oposición, siempre y cuando las personas aspirantes hayan obtenido al menos 2,5 puntos.

–Parte B.

Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios de la especialidad docente a la que se opta. Consistirá en el desarrollo por escrito de un único tema elegido por la persona aspirante, de entre un número de temas, extraídos al azar por el tribunal, proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad. En caso de que la persona aspirante desarrolle más de un tema, solamente se tendrá en cuenta el primero de los temas desarrollados.

En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre dos temas. En las que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre tres temas y en aquellas especialidades que tengan número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cuatro temas.

Los temarios que serán de aplicación para las respectivas especialidades son los vigentes, relacionados en el anexo IV de la presente convocatoria.

Las personas aspirantes dispondrán de un máximo de dos horas para la realización de la parte B.

Esta parte B se valorará con una calificación de cero a diez puntos, y supondrá el 50% de la calificación de la primera prueba de la fase de oposición, siempre y cuando las personas aspirantes hayan obtenido al menos 2,5 puntos.

1.2.3. Segunda prueba.

Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica de la persona aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente y consistirá en la presentación y defensa oral de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica.

Esta prueba se valorará de cero a diez puntos (correspondiendo un 30% a la parte A y un 70% a la parte B), debiendo alcanzar la persona aspirante, para su superación, una calificación igual o superior a cinco puntos.

Las personas aspirantes dispondrán de una hora, como máximo, de preparación de la unidad didáctica. Finalizado el tiempo de preparación, se iniciará la defensa de la programación didáctica (durante un máximo de treinta minutos) y la exposición de la unidad didáctica (durante un máximo de treinta minutos). Una vez finalizada su intervención, el tribunal podrá plantear a la persona aspirante cuantas preguntas o cuestiones considere necesarias referidas a la programación didáctica o a la unidad didáctica, en relación con el contenido de su intervención, no pudiendo exceder este debate de quince minutos. En total, cada aspirante dispondrá de un plazo máximo de una hora y quince minutos para la exposición y defensa de la programación y la unidad didáctica.

Con carácter general, el orden de actuación de las personas aspirantes en la segunda prueba se iniciará alfabéticamente por aquellas cuyo primer apellido comience con las dos letras que resulten del sorteo que realice el Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación.

–Parte A. Presentación y defensa de una programación didáctica.

La programación didáctica elaborada por la persona aspirante deberá presentarse al Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, en la forma y plazo previstos en el apartado 1.2.1 de la base séptima del título I de esta convocatoria.

En la elaboración de la citada programación didáctica deberán recogerse los aspectos señalados en el anexo VII de la convocatoria. La normativa a tener en cuenta será la que se encuentre en vigor en el momento de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la presente convocatoria.

La programación didáctica será defendida ante el tribunal contando la persona aspirante para su exposición con un tiempo máximo de treinta minutos.

Para dicha exposición la persona aspirante podrá utilizar una copia idéntica de su programación didáctica presentada y el material auxiliar que considere oportuno que deberá aportar ella misma.

La presentación y defensa de la programación didáctica se valorará con una calificación de cero a diez puntos, y supondrá el 30 por ciento de la calificación de la segunda prueba de la fase de oposición.

El anexo VII nos dice:

4.–Programación didáctica.

4.1. La programación didáctica, para todos los cuerpos y especialidades, deberá estar contextualizada en un centro público de la Comunidad Foral Navarra en el curso 2026-2027 y referirse al currículo vigente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, de un área, materia, módulo, ámbito o proyecto relacionado con la especialidad por la que se participa.

En el caso de las programaciones didácticas referentes a enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato, se deberán especificar los siguientes elementos: identificación de la materia o, en su caso, ámbito, especificando, en todos los casos, su nivel; objetivos de etapa; competencias clave; competencias específicas, descriptores operativos con los que se conectan y criterios de evaluación tenidos en cuenta para cada una de ellas; saberes básicos y su secuencia o distribución temporal; criterios de calificación y sistemas de recuperación; métodos pedagógicos incluyendo materiales y recursos didácticos; previsión de medidas de atención a las diferencias.

4.2. Aspectos formales:

La programación didáctica y, en su caso el plan anual de trabajo, tendrá una extensión máxima de 50 páginas numeradas en formato DIN-A4, interlineado sencillo, con letra Arial, tamaño mínimo 12 puntos sin comprimir. En las gráficas y tablas la letra podrá ir como mínimo en Arial 10. En imágenes y similares la letra podrá ser de diferente tamaño y tipo de letra. El tipo de fuente en pie de foto, pie de página, encabezado podrá ser diferente al Arial y el tamaño podrá ser diferente a los mencionados. Diseño libre de la portada y contraportada, en la que necesariamente constará nombre, apellidos y número DNI o documento identificativo de la persona aspirante. La portada, contraportada e índice de la programación didáctica no se incluirán dentro del cómputo de las 50 páginas. Si voluntariamente se incorporasen anexos o materiales de apoyo, se entenderá que forman parte del número de páginas permitido y respetarán las características técnicas mencionadas. Deberá contener un mínimo de 10 unidades didácticas.

Dichas unidades didácticas deberán ir numeradas y desarrolladas de manera que el tribunal tenga la información suficiente como para poder hacer un seguimiento de la presentación y defensa de la unidad didáctica.

4.3. Las unidades didácticas no pueden ser sustituidas por situaciones de aprendizaje ya que el término «unidad didáctica» no deriva de la normativa de currículo, sino que se define en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, mientras que el término «situaciones de aprendizaje» sí aparece en el currículo y debe entenderse como la forma de plantear las actividades de enseñanza y aprendizaje incluidas dentro de la unidad didáctica.

4.4. Si la programación didáctica contiene hipervínculos o códigos QR, el tribunal no tendrá en cuenta ni valorará la información a la que den acceso los mismos.

–Parte B. Preparación y exposición de una unidad didáctica.

La preparación y exposición oral ante el tribunal de una unidad didáctica podrá estar relacionada con la programación presentada por la persona aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad, a elección de cada aspirante. En el primer caso, la persona aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por ella misma, de su propia programación. En el segundo caso, la persona aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por ella misma, del temario oficial de la especialidad.

En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán recogerse los aspectos señalados en el anexo VII de la convocatoria.

El anexo VII nos dice con respecto a las unidades didácticas:

5.–Unidad didáctica.

Con carácter general, en el caso de las unidades didácticas referentes a enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato en la defensa de la unidad didáctica deberán concretarse los elementos siguientes: objetivos de aprendizaje; competencias clave y específicas correspondientes; descriptores operativos; saberes básicos, secuencia de actividades de enseñanza, métodos pedagógicos, situaciones de aprendizaje a desplegar, estrategias y organización de espacios y tiempos, materiales y recursos; atención a las diferencias individuales del alumnado, procedimientos y criterios de evaluación, así como su vinculación con el desarrollo de las competencias.

Para la preparación y exposición de la unidad didáctica, la persona aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno, que deberá aportar ella misma, y un guion que no excederá de una hoja tamaño DIN-A4 escrita por las dos caras o dos hojas tamaño DIN-A4 escritas por una sola cara, y que se entregará al tribunal al término de la exposición.

La preparación y exposición de la unidad didáctica se valorará con una calificación de cero a diez puntos, y supondrá el 70 por ciento de la calificación de la segunda prueba de la fase de oposición.

1.3. Calificación final de la fase de oposición.

Esta calificación será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en las dos pruebas integrantes de esta fase, cuando todas ellas hayan sido superadas.

En cada una de las partes de las pruebas de la fase de oposición la puntuación de cada aspirante será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros presentes en el tribunal. Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del tribunal exista una diferencia de tres o más enteros serán automáticamente excluidas las calificaciones máxima y mínima, hallándose la puntuación media entre las calificaciones restantes. Si más de uno de los miembros del tribunal otorgara la calificación máxima y/o mínima, solo se excluirá una única calificación máxima y/o mínima.

MUY IMPORTANTE:

VER ANEXOS:

ANEXO I. BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA EL INGRESO EN LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA,

ANEXO V. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS PRUEBAS

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *