CONVOCATORIA OPOSICIONES GEOGRAFIA E HISTORIA EN MADRID. 2025

CONVOCATORIA OPOSICIONES EDUCACIÓN SECUNDARIA GEOGRAFIA E HISTORIA EN LA COMUNIDAD DE MADRID

Ya ha salido publicada la convocatoria para las oposiciones de 2025 en Madrid.  

Cosas importantes que nos dice la convocatoria:

– Plazas. Se ofrecen 93 plazas de acceso libre y 9 plazas acceso discapacidad.

– El plazo de inscripción será del 3 de marzo al 28 de marzo de 2025, ambos inclusive.

–  Solicitud:

https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/procesos-selectivos-oposiciones-secundaria-fp-re

– Derechos de examen: 77,87 euros.

– Lugar: DAT OESTE

¿CÓMO VA A SER EL EXAMEN?

Fase de oposición

En esta fase, se valorará la posesión de los conocimientos generales necesarios para ejercer la docencia y de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, en la forma prevista en esta base, así como la corrección en la expresión oral y escrita de los aspirantes. Las incorrecciones ortográficas incidirán en la calificación que se obtenga, según los criterios generales de actuación establecidos en esta convocatoria.

– Información sobre la fecha de inicio de la fase de oposición, desarrollo y criterios de evaluación de las pruebas.

La fecha de inicio de la fase de oposición será en la segunda quincena del mes de junio, siendo la fecha exacta, determinada por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos.

Asimismo, en dicha Resolución se facilitará información sobre la publicación de las sedes de los tribunales, los centros donde se llevarán a cabo las pruebas, la distribución de aspirantes por tribunal, los criterios de evaluación y calificación, las actuaciones previas y cualquier otra cuestión que se estime necesaria.

La Dirección General de Recursos Humanos hará públicos, de conformidad con lo recogido en el apartado anterior y con anterioridad al inicio de las pruebas, los criterios de evaluación de las distintas pruebas de la fase de oposición, elaborados por las comisiones de selección o los tribunales únicos, en su caso, cuyo marco general está recogido en el Anexo VIII de esta Resolución.

La fase de oposición constará de dos pruebas de carácter eliminatorio:

1. La primera prueba, tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, y constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente de cero a diez puntos, debiendo alcanzar una puntuación mínima igual o superior a cinco puntos, para poder realizar la segunda prueba.

2. La segunda prueba, tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, y consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica. Esta prueba se valorará globalmente de cero a diez puntos, debiendo alcanzar el aspirante, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos.

11.5.1. PRIMERA PRUEBA

La primera prueba de la oposición constará de dos partes, prueba práctica (A) y desarrollo por escrito de un tema (B).

a) Parte A (Prueba práctica).

Tendrá por objeto comprobar que los aspirantes poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opten.

Las características y contenidos serán los establecidos en el Anexo VII de la presente Resolución. El tiempo para su realización será establecido, en función de las características de cada especialidad, por la comisión de selección correspondiente o el tribunal único.

La calificación de la parte A de la primera prueba será de 0 a 10 puntos, con independencia del número de ejercicios que comprenda. Para la superación de esta prueba (Parte A: Prueba Práctica), los aspirantes deberán alcanzar, al menos, 2,5 puntos.

El Anexo VII nos dice:

La prueba estará constituida por tres ejercicios:

— Análisis y comentario de un documento de tipo histórico (texto, mapa, imagen, gráfico, estadística, etc.).

— Análisis y comentario de un documento de tipo geográfico (texto, representación cartográfica, mapa, plano, imagen, gráfico, estadística, etc.). El tribunal podrá decidir que el opositor confeccione previamente, a partir de los datos que se le proporcionen, el documento geográfico objeto de análisis y comentario.

— Análisis y comentario de una serie de documentos de tipo artístico (documentos iconográficos, imágenes, textos, mapas, planos, gráficos, etc.).

b) Parte B (Desarrollo por escrito de un tema de entre 4).

Los aspirantes dispondrán de dos horas para la realización de esta parte.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos. Para la superación de esta parte (Parte B: Desarrollo por escrito de un tema), los aspirantes deberán alcanzar, al menos, 2,5 puntos.

11.5.1.2. Calificación total de la primera prueba.

La calificación total de la primera prueba (prueba de conocimientos) será de 0 a 10 puntos, siendo esta el resultado de sumar las calificaciones correspondientes a las dos partes de las que consta (A y B), ponderadas del siguiente modo:

— Parte A (Prueba práctica): La calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,7 la calificación obtenida.

— Parte B (Desarrollo por escrito de un tema): La calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando por 0,3 la calificación obtenida.

Para la superación de la primera prueba en su conjunto (prueba de conocimientos), los aspirantes deberán alcanzar una puntuación total, igual o superior a 5 puntos, siendo esta el resultado de sumar las puntuaciones ponderadas correspondientes a las dos partes. A estos efectos, la puntuación mínima obtenida en cada una de las partes (antes de su ponderación) deberá ser igual o superior a 2,5 puntos.

11.5.2. SEGUNDA PRUEBA. PRUEBA DE APTITUD PEDAGÓGICA.

Esta prueba tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.

a) Parte A. Presentación y defensa de una programación didáctica: formato, elaboración-contenido, entrega y defensa de la misma.

— Formato.

La programación, tendrá una extensión máxima de 80 páginas, incluidos los materiales de apoyo y anexos. Será presentada en tamaño DIN-A4, por una sola cara con letra tipo Arial de 12 puntos sin comprimir y con interlineado doble. Los márgenes izquierdo, derecho, superior e inferior serán de 2,54 cm cada uno. Si en la programación se incorporan tablas, estas deberán cumplir los requisitos anteriores a excepción del interlineado que podrá ser sencillo. La programación incluirá una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante y la especialidad. Dicha portada no estará incluida en la extensión máxima de 80 páginas. En todas sus hojas deberá aparecer el nombre y los apellidos del aspirante y deberá firmarse en la portada.

En el supuesto de que la programación docente presentada no cumpla con alguno de los requisitos anteriormente citados supondrá la correspondiente penalización, de conformidad con los criterios a que se refiere el Anexo VIII de la presente resolución.

— Elaboración y contenido.

La elaboración tendrá un carácter personal debiendo ser realizada individualizada por el aspirante, sin poder utilizar para ello ninguna forma de inteligencia artificial.

La programación hará referencia al currículo de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa y se delimitará a un curso escolar de carácter presencial de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de la especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo y en el caso de los aspirantes a ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, podrá estar referida a la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria, al Bachillerato o a los ciclos formativos de Formación Profesional, ajustándose a los criterios de valoración expuestos en el anexo VIII de esta Resolución. Asimismo, deberá estar referida a un tipo de centro educativo en el que el aspirante pueda impartir enseñanza en función de su atribución docente.

La normativa y currículos de aplicación para la elaboración y presentación de la programación didáctica serán los vigentes en la Comunidad de Madrid en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Se podrán incluir medidas metodológicas, recursos didácticos o actividades virtuales, así como tecnologías de la información y comunicación adaptados a la impartición de la enseñanza, siendo en tal caso estimados por el tribunal en los criterios de valoración referidos a la metodología y empleo de las tecnologías de la información y comunicación.

Los contenidos de la programación didáctica deberán organizarse en Unidades didácticas/de trabajo/Situaciones de aprendizaje, según proceda, de tal manera que cada una de ellas pueda ser desarrollada completamente en el tiempo asignado para su exposición. En cualquier caso, una programación para un curso escolar deberá contener un mínimo de doce Unidades didácticas/ trabajo/Situaciones de aprendizaje, cada una de las cuales deberá ir debidamente numerada en el índice.

La programación didáctica de Enseñanza Secundaria o de Bachillerato deberá estar contextualizada y partir de la premisa de un contexto competencial, debiendo, en su elaboración, especificar, al menos, los contenidos/saberes básicos, los criterios de evaluación y, en su caso los estándares de aprendizaje evaluables, estableciendo su asociación y secuenciación temporal a lo largo de un curso escolar, así como la contribución de la programación al logro de los objetivos y al grado de adquisición de las competencias del currículo oficial. Asimismo, deberá especificar la metodología y los recursos didácticos, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de la comunicación, los procedimientos e instrumentos de evaluación y los criterios de calificación, y las medidas adoptadas para la atención a la diversidad del alumnado.

En todos los cuerpos y especialidades, la programación incluirá un apartado de evaluación de la propia práctica docente.

— Entrega.

La entrega de la programación se realizará en la fecha y hora que indique cada tribunal, que en todo caso deberá ser preavisada con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.

La programación se entregará al tribunal de forma presencial y en formato papel.

El acto de entrega de programación en formato papel será la única actuación susceptible de ser realizada por medio de representante, siempre y cuando el aspirante haya otorgado legalmente la representación.

Las personas que no hubieran presentado la programación didáctica en la forma y plazo fijado, decaerán del proceso selectivo y perderán todos los derechos derivados del mismo.

—  Defensa.

La programación didáctica será defendida oralmente ante el tribunal conjuntamente con la parte B de la prueba (unidad didáctica).

b) Parte B. Preparación y exposición oral de una Unidad didáctica/ de Trabajo/Situación de Aprendizaje ante el tribunal.

— Preparación.

El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la Unidad didáctica/de Trabajo/Situación de Aprendizaje, pudiendo utilizar el material auxiliar que considere oportuno, sin posibilidad de comunicación del aspirante con el exterior, por lo que el material que vaya a utilizar no podrá ser susceptible de dicha comunicación. Los tribunales vigilarán el cumplimiento de este requisito.

La preparación y exposición oral ante el tribunal de una Unidad didáctica/de trabajo/Situación de Aprendizaje, podrá estar relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá el contenido de la Unidad didáctica/de trabajo/Situación de Aprendizaje de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la Unidad didáctica/de trabajo/ Situación de Aprendizaje de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad.

En el supuesto de que la calificación obtenida en la Parte A (Presentación de una programación didáctica) fuese de 0 puntos, bien porque no sea de elaboración propia o porque no cuente con el número mínimo de 12 Unidades didácticas/de trabajo/Situaciones de aprendizaje deberá realizar esta parte obligatoriamente a partir del temario oficial de la especialidad.

La Unidad didáctica/ de trabajo/ Situación de aprendizaje deberá estar contextualizada y partir de la premisa de un contexto competencial, debiendo, en su elaboración, concretar, al menos, los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos/saberes básicos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación, todo ello en consonancia con los criterios de valoración expuestos en el anexo VIII de esta Resolución.

En las enseñanzas de Secundaria o de Bachillerato deberá estar contextualizada y partir de la premisa de un contexto competencial, debiendo en su elaboración concretar los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos/saberes básicos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación, y en su caso, descriptores operativos de las competencias específicas, estableciendo su secuenciación temporal a lo largo de un curso escolar.

En todos los cuerpos, además, se deberán concretar las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula, la selección y uso de los recursos didácticos y los procedimientos, instrumentos de evaluación y criterios de calificación que se proponen, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de la comunicación. Asimismo, incluirá también un apartado de evaluación de la propia práctica docente y, en su caso, la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, conforme a los principios del Diseño Universal del Aprendizaje.

—  Exposición.

El aspirante dispondrá de un tiempo máximo de una hora para la defensa oral de la programación didáctica, la exposición de la Unidad didáctica/de Trabajo/Situación de Aprendizaje y el posterior debate ante el tribunal.

La exposición se realizará en sesión pública en las condiciones que determine el tribunal.

Para la exposición se podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno, sin contenido curricular, es decir, que no contenga, registre o haga referencia a las competencias, resultados de aprendizaje, objetivos, contenidos/saberes básicos, metodología, criterios de evaluación y/o estándares de aprendizaje, o en su caso, competencias específicas. Este material tendrá que ser aportado por el aspirante.

Igualmente, para su exposición y defensa, podrá utilizar los medios informáticos y audiovisuales que considere oportunos tales como ordenador, tablet, proyector… incluida la conexión a internet. En todo caso, en aras de garantizar la igualdad de acceso y funcionamiento de los medios informáticos y audiovisuales deberá aportarlos él mismo.

En todo caso, los órganos de selección velarán por que dicho material auxiliar no implique una desigualdad de trato en el desarrollo de esta parte del procedimiento selectivo.

Asimismo, únicamente para la exposición de la unidad didáctica, podrá utilizar un guión o equivalente, tamaño DIN A4, que no excederá de una página por una cara, que será mostrado inicialmente al tribunal para verificar que cumple los requisitos expuestos en este apartado y entregado al tribunal al término de la exposición, formando parte de los instrumentos de evaluación.

El aspirante iniciará su exposición con la defensa de la programación didáctica presentada, que no podrá exceder de veinte minutos, y a continuación realizará la exposición de la Unidad didáctica/de trabajo/ Situación de Aprendizaje, que no excederá de treinta minutos. La duración del debate no podrá exceder de diez minutos.

Además, el aspirante dispondrá de hasta diez minutos, antes del inicio de la exposición, en el caso de que desee utilizar medios informáticos, audiovisuales y en su caso red de internet, a los efectos de establecer las conexiones oportunas.

El tribunal ajustará sus actuaciones y criterios de valoración a lo dispuesto en el Anexo VIII.

Calificación total de la Segunda Prueba.

La calificación total de la Segunda Prueba (prueba de aptitud pedagógica) será de 0 a 10 puntos, siendo esta el resultado de sumar las calificaciones correspondientes a las dos partes de las que consta (A y B) ponderadas del siguiente modo:

— Parte A: Presentación de una programación didáctica: La calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando la calificación obtenida en la Parte A por 0,3.

— Parte B: Preparación y exposición de una Unidad didáctica/Situación de Aprendizaje ante el tribunal: La calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando la calificación obtenida en la Parte B por 0,7.

La calificación total de la segunda prueba, será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en las partes A y B, una vez ponderadas.

Para la superación de esta Segunda Prueba los aspirantes deberán alcanzar una puntuación total ponderada igual o superior a 5 puntos.

11.5.2.2. CALIFICACIÓN DE LAS PRUEBAS.

Las calificaciones obtenidas por los opositores en cada una de las pruebas se expondrán por los tribunales en el tablón de anuncios de las sedes donde se hayan realizado y en el tablón electrónico de cada tribunal.

La calificación correspondiente a la fase de oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en las pruebas integrantes de esta fase, cuando todas ellas hayan sido superadas.

Importancia Anexo VIII. Se debe leer por completo y con detenimiento.

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