Ya ha salido publicada la convocatoria para las oposiciones de 2025 en Andalucía.
Cosas importantes que nos dice la convocatoria:
– Plazas. Se ofrecen 405 plazas de acceso libre y 50 plazas acceso discapacidad.
– El plazo de inscripción será del 26 de febrero al 19 de marzo de 2025 ambos inclusive.
– Solicitud: las solicitudes serán presentadas a través del portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional:
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portales/es/web/educacion/novedades-portada
– Derechos de examen: 56,63 €.
¿CÓMO VA A SER EL EXAMEN?
Séptima. Comienzo y desarrollo del procedimiento selectivo.
7.1. Comienzo. El procedimiento selectivo dará comienzo en el mes de junio de 2025.
7.2. Acto de presentación.
El acto de presentación, de asistencia obligatoria para todo el personal participante, tiene carácter personalísimo. No se admitirán acreditaciones ni poderes de representación. Las personas que no asistan decaerán en todos sus derechos y serán excluidas del procedimiento selectivo, así como quienes se presenten ante un tribunal al que no estén adscritos.
En el citado acto, los tribunales identificarán al personal aspirante mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos en soporte físico, de carácter oficial y en vigor: DNI, carnet de conducir o pasaporte. Impartirán las instrucciones precisas para el desarrollo de las fases de oposición y concurso, indicarán los plazos y lugares en los que se desarrollará el procedimiento y cuantas cuestiones estimen oportunas.
7.3. Entrega de la programación didáctica (Importante novedad)
Tras la publicación de la lista definitiva de personal admitido y excluido indicada en el apartado 4.3 se abrirá un plazo de 5 días hábiles por resolución de la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, para que el personal aspirante que figure en la referida lista proceda a la entrega de la programación didáctica, en formato PDF, a través del espacio habilitado al efecto en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. El personal aspirante que no entregue en el plazo establecido y de la forma indicada la citada programación didáctica no podrá asistir al acto de presentación ni realizar la primera prueba, ni podrá, en consecuencia, participar en el procedimiento selectivo.
7.4. Atención a la persona aspirante.
Una vez celebrada la primera prueba, se abrirá un plazo de 24 horas para que el personal aspirante pueda solicitar copia de su examen escrito y del documento de evaluación a través del espacio habilitado al efecto en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Asimismo, tras la publicación de las calificaciones provisionales de la primera prueba, las personas aspirantes serán atendidas por los tribunales hasta las 19 horas de ese día y durante el siguiente día hábil en horario de 9 a 14 horas, en franjas horarias que podrán ser predeterminadas por el tribunal, proporcionándoles copia de la documentación a que se refiere el párrafo anterior a quienes lo hubiesen solicitado previamente. No se atenderá a ninguna persona aspirante que se persone en la sede del tribunal fuera del horario de atención establecido.
7.5. Convocatoria de las pruebas.
El personal aspirante será convocado para sus actuaciones ante los tribunales en único llamamiento, siendo motivo de exclusión del procedimiento selectivo la no comparecencia a cualquiera de ellas.
La citación se realizará para todo el personal aspirante convocado cuando la parte correspondiente de la prueba deba realizarse en acto colectivo. En este caso, el personal convocado deberá presentarse ante el tribunal en la fecha y hora fijadas en la citación.
En el caso de que una parte determinada de la prueba deba realizarse de forma individual, el personal convocado para cada día deberá estar presente a la hora fijada por el tribunal como hora de inicio de las sesiones, considerándose como no presentadas aquellas personas aspirantes que no se encuentren en el momento del llamamiento inicial. Asimismo se considerará como no presentado el personal aspirante que no se encuentre presente en el momento de ser llamado para la realización de la prueba. Los anuncios de estas pruebas deberán hacerse públicos en las sedes de los tribunales, con al menos dos días de antelación al comienzo de las mismas, y en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
En cada una de las pruebas, los tribunales identificarán al personal aspirante mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos en soporte físico, de carácter oficial y en vigor: DNI, carnet de conducir o pasaporte.
Las personas aspirantes deberán presentarse a todas las partes de la prueba de la fase de oposición. De no presentarse a alguna de ellas, serán excluidas del procedimiento selectivo.
El orden de actuación será el alfabético ascendente, iniciándose por la persona cuyo primer apellido comience por la letra «H».
Octava. Sistema de selección.
El sistema de selección para el ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición y el procedimiento selectivo constará de una fase de oposición, otra de concurso y una fase de prácticas.
8.1. Fase de oposición
La fase de oposición constará de dos pruebas con carácter eliminatorio:
1. La primera prueba. La primera prueba tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta y constará de dos partes:
Parte A: Consistirá en la realización de uno o varios ejercicios prácticos que permitan comprobar que el personal aspirante posee la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opta. Esta parte A se valorará de 0 a 10 puntos y su estructura se especifica en el Anexo IV.
El Anexo IV nos dice:
La parte práctica (parte A) de la primera prueba se realizará ininterrumpidamente junto con la parte B de la primera prueba.
La prueba consistirá en la realización de tres tipos de ejercicios:
• Análisis y comentario de un documento histórico (texto, mapa, imagen, gráfico, estadística, etc.). Este ejercicio supondrá el 40% de la nota de la parte A de la primera prueba.
• Análisis y comentario de un documento geográfico (texto, mapa, imagen, gráfico, estadística, etc.). Este ejercicio supondrá el 30% de la nota de la parte A de la primera prueba.
• Análisis y comentario de una representación artística. Este ejercicio supondrá el
30% de la nota de la parte A de la primera prueba.
El personal aspirante deberá realizar un ejercicio de cada uno de los tipos, que elegirá de entre los dos que se propongan
Parte B: Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por la persona aspirante de entre 4 extraídos por el tribunal. Esta parte B de la primera prueba se valorará de 0 a 10 puntos y tendrá una duración máxima de dos horas y quince minutos.
Las dos partes de esta primera prueba tendrán una duración máxima de cuatro horas y treinta minutos y se realizarán sin interrupción.
Esta primera prueba se valorará de 0 a 10 puntos y se calculará realizando la media aritmética entre las puntuaciones de las dos partes de la misma, siempre que cada una de las puntuaciones parciales sea igual o superior a 2,5 puntos. Para la superación de esta primera prueba el personal aspirante deberá alcanzar una puntuación igual o superior a 5 puntos.
Segunda prueba. La segunda prueba, que tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia de las personas aspirantes, constará de dos partes: presentación y defensa de una programación didáctica y preparación y exposición oral de una unidad didáctica de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.
Cada una de las partes se calificará de 0 a 10 puntos. La calificación de esta segunda prueba será de 0 a 10 puntos, siendo el resultado la suma de las calificaciones de las dos partes de que consta, ponderadas del siguiente modo:
Parte A. Presentación y defensa de la programación didáctica: tendrá un peso de un 30% en la calificación obtenida en esta segunda prueba. Dentro de esta parte A de la segunda prueba la evaluación de la presentación del documento de la programación didáctica pesará un 30% sobre la nota final y la de la defensa de la programación didáctica un 70% sobre la nota final de esta parte A.
Parte B. Preparación y exposición oral de una unidad didáctica, ante el tribunal: tendrá un peso de un 70% en la calificación obtenida en esta segunda prueba.
Dicha ponderación solo se realizará en el supuesto de que se hubieran obtenido como mínimo 2,5 puntos en cada una de las partes de que consta esta segunda prueba. Para la superación de esta segunda prueba el personal aspirante deberá alcanzar una puntuación global igual o superior a 5 puntos.
Parte A: Presentación y defensa de la programación didáctica.
La programación didáctica hará referencia al currículo vigente de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso 2024/2025, de un área relacionada con la especialidad por la que se participa, en la que deberán especificarse todos los elementos del currículo establecidos en la normativa vigente, así como la bibliografía. Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en los que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlos.
En el caso del personal aspirante a ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, podrá estar referida a la etapa de la educación secundaria obligatoria, al bachillerato o a los ciclos formativos de formación profesional para los que la especialidad tenga atribución docente.
Su defensa se llevará a cabo por un tiempo máximo de treinta minutos ante el tribunal.
Esta programación didáctica deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Elaboración propia.
b) La programación didáctica tendrá inexcusablemente una extensión máxima de 60 páginas, en formato DIN-A4, vertical, sin incluir portada y contraportada. Se redactará con interlineado sencillo y con letra tipo Times New Roman o similar, de 12 puntos, sin comprimir. Deberá contener un mínimo de 12 unidades didácticas desarrolladas, que tendrán que ir relacionadas y numeradas en un índice.
c) La portada incluirá los datos de identificación del personal aspirante (DNI, nombre y apellidos), el cuerpo y la especialidad.
d) No se podrán incluir anexos.
Las programaciones didácticas que no se ajusten a lo establecido en los apartados anteriores serán objeto de invalidación, conforme a los criterios que se recogen en el Anexo VIII de esta orden. En este supuesto, la persona aspirante no podrá realizar la defensa de la programación didáctica y, por ende, no podrá continuar en el procedimiento, figurando como no presentada.
La administración podrá usar sistemas informáticos para velar por la originalidad de la programación didáctica.
En el Anexo VII se recogen las invalidaciones por ortografía. El resto de invalidaciones se recogen en el Anexo VIII de esta orden
Parte B. Preparación y exposición oral de una unidad didáctica.
El personal aspirante elegirá una unidad didáctica, de entre tres extraídas al azar por él mismo de su propia programación o del temario oficial de la especialidad, para su preparación y exposición oral ante el tribunal.
El citado personal dispondrá de una hora para su preparación, pudiendo utilizar el material que considere oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior, por lo que no se podrán utilizar ordenadores portátiles, teléfonos móviles o cualquier otro dispositivo informático o electrónico. A tal efecto, el tribunal velará por el cumplimiento de estos extremos.
En su elaboración deberán concretarse todos los elementos del currículo establecidos en la normativa vigente para el curso 2024/2025.
La unidad didáctica que tiene que presentar el personal aspirante contendrá, al menos, una Situación de Aprendizaje.
Para su exposición que no excederá de treinta minutos, el personal aspirante podrá utilizar el material auxiliar sin contenido curricular que considere oportuno, que deberá aportar él mismo, así como un guion que no excederá de una cara de un DIN A5 y que deberá entregar al tribunal al término de la exposición. El referido material auxiliar servirá para apoyar la exposición mediante la utilización de recursos didácticos no electrónicos ni susceptibles de reproducción electrónica (ilustraciones, diagramas, mapas, esquemas, etc.). En todo caso, los órganos de selección velarán por que dicho material auxiliar no implique una desigualdad de trato en el desarrollo de esta parte del procedimiento selectivo, sin que se pueda negar al aspirante su uso.
El tribunal valorará en esta prueba la exposición clara, ordenada y coherente de los conocimientos del personal aspirante, la precisión terminológica, la riqueza léxica, la sintaxis fluida y sin incorrecciones, así como la debida corrección ortográfica en la escritura.
Para la exposición, el personal aspirante podrá utilizar un guion que deberá entregar al tribunal al término de la misma. A tal efecto, se facilitará al personal aspirante un DIN A5 en blanco. Dicho guion podrá contener un máximo de 120 palabras, no permitiéndose el uso del mismo durante la exposición si no cumple dicho requisito.
Con respecto al material auxiliar no deberá contener elementos del currículum.
Calificación:
La calificación final de la fase de oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en las dos pruebas superadas, ambas valoradas de 0 a 10 puntos.
Por resolución de cada tribunal se publicarán las calificaciones de la fase de oposición en los tablones de anuncios de sus respectivas sedes y en el portal web de esta Consejería, debiendo remitir cada tribunal una copia de dichas calificaciones a la correspondiente comisión de selección.
Para poder acceder a la fase de concurso será necesario haber obtenido al menos 5 puntos en la fase de oposición, habiendo superado ambas pruebas.